jueves, 19 de marzo de 2015

LAS PERSONAS FISICAS YA NO PAGARÁN TASAS JUDICIALES


Con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 1/2015, el pasado 1 de marzo, se vino a poner fin a una de las demandas más unánimes y reiteradas de todos los profesionales relacionados con el ámbito de la Justicia en los últimos tiempos: la supresión o limitación de las tasas judiciales.



A pesar de ello las tasas no han desaparecido en su totalidad, pues todavía será aplicables para las personas jurídicas que no gocen del beneficio de justicia gratuita.

Como ha  señalado recientemente el Consejo General de la Abogacía Española, la desaparición de las tasas al menos para las personas físicas “es una victoria de los ciudadanos y de la Abogacía que durante tres años ha encabezado el clamor social y la batalla contra las tasas junto a todos los operadores jurídicos, partidos políticos, los sindicatos, las  asociaciones de consumidores y asociaciones y colectivos de abogados.”



Puedes ver la cronología de esta polémica figura en clickando AQUI



martes, 3 de marzo de 2015

HE SUFRIDO UN ACCIDENTE DE TRÁFICO, ¿Y AHORA QUÉ HAGO?




En primer lugar, cuando sufrimos un accidente de tráfico debemos tener en cuenta estas consideraciones:

1.- Hacer el correspondiente parte amistoso, revisándolo debidamente. Es importante tener en cuenta que ante  duda o desacuerdo en los hechos con la otra parte, NO debemos firmar el parte amistoso. 

2.- En caso de desacuerdo, o que los daños ocasionados sean importantes, es necesario llamar a la Guardia Civil o Policía Nacional, para que levante el respectivo “atestado”. Este documento constituirá una prueba fundamental para establecer el responsable del accidente y reclamar la reparación de los daños a las compañías de seguro ya sea de forma extrajudicial o mediante acciones legales.

3.- Hay que subrayar que, si el otro conductor se niega a colaborar, debemos tomar nota de todos los datos que podamos, matrícula, modelo del coche, datos de testigos que haya podido presenciar el hecho, etc.
4.- Es muy importante que tras un accidente acudamos a los servicios sanitarios a fin de que nos hagan un reconocimiento médico y solicitemos el respectivo “parte de asistencia médica”.

5.- En el plazo de 7 días desde el accidente, debemos informar a nuestra aseguradora sobre el hecho.

6.- En el caso de que consideremos que la culpa del accidente fue del otro conductor, podremos interponer denuncia penal en el plazo de 6 meses desde el día del siniestro para y así poder reclamar los daños personales y materiales. Si optamos por reclamar por la vía civil, disponemos del plazo de 1 año desde el accidente.

7.-Es indispensable ponerse en contacto lo antes posible con un abogado especializado en accidentes de tráfico, que le recomiende como establecer la denuncia o demanda, que cantidades reclamar, etc. Estar en manos de un especialista adecuado puede garantizarnos y darnos la seguridad, de que vamos a recibir la máxima indemnización que nos merecemos por los daños sufridos y tendremos la confianza que gestionará todo nuestro proceso de la forma más agilizada y eficaz.

8.- Las aseguradoras suelen facilitarnos abogados  de la propia compañía para gestionar nuestro accidente. Les recordamos que igualmente ustedes tienen la posibilidad de contratar un abogado a su libre elección, cuyos costes por honorarios profesionales quedan cubiertos por la compañía aseguradora de su vehículo (dependiendo de la compañía y tipo de seguro esta cantidad, varía entre 1000 y 3000€).

Recomendamos esta segunda opción, ya que un buen abogado de tráfico que no trabaje para  las compañías de seguros y que no tengan ningún tipo de intereses con éstas, nos garantizará un plus de imparcialidad y objetividad en nuestra reclamación.

En el caso de cualquier otra  víctima, como por ejemplo:

-        -  Demás pasajeros de los vehículos siniestrados.
-       - Pasajeros de vehículos públicos (accidentes de autobús, metro, tren, etc)
-        -   Peatones.

Recordamos que todas estas personas como víctimas tienen derecho a ser indemnizadas por los daños personales/materiales ocasionados:

-Llegando a un acuerdo extrajudicial con la aseguradora, ó

-Interponiendo la respectiva denuncia en el plazo de 6 meses desde el siniestro o demanda civil en el plazo de 1 año, como hemos comentado.

 (En los siguientes posts, daremos una serie de consejos para estos casos, especialemente en accidentes de vehículos públicos).

En nuestro despacho somos especialistas en tramitación de accidentes de tráfico. Prestamos el mejor servicio a nuestros clientes y les facilitamos incluso la posibilidad de recibir la rehabilitación necesaria para la curación de sus lesiones a través de nuestras clínicas médicas y de fisioterapia colaboradoras, sin que el cliente tenga que abonarlo de su bolsillo y sin las largas esperas de la salud pública y la falta  de optimización de la rehabilitación ofrecida por algunas aseguradoras.

Jessica Juárez

Abogada especializada en accidentes de tráfico.

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